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¿Circular en bicicleta por calle peatonal,paso cebra o acera es ilegal?


Algo muy común que vemos a diario por nuestras ciudades es ver circular a las bicicletas por encima de las aceras,cruzando pasos de cebra o circulando por calles peatonales. Es algo tan habitual que muchos nos hemos acostumbrado a ver esta imagen y nunca nos hemos planteado de si estas acciones son legales o como ciclistas estamos cometiendo una infracción y podemos ser multados.




Si nos agarramos a la normativa estatal de la DGT la bicicleta esta considerada un vehículo con lo cual ninguna bicicleta puede circular por zonas peatonales,aceras o cruzar pasos de cebra montados, la única forma que tienen para hacerlo seria bajándose de la bici e ir caminando por dichas zonas. Las multas a las que se enfrentan estos usuarios rondan los 200€.


En las caso de las calles peatonales nos encontramos con excepciones que regulan los propios ayuntamientos con sus ordenanzas municipales, es decir, que el consistorio puede decidir si deja circular las bicicletas por ellas, al igual que las bicicletas que se consideran juguetes que llevan los niños que pueden hacerlo bajo la supervisión de un adulto. En el caso de los pasos de cebra en algunos de ellos hay "pasos para ciclistas" que están dibujados sobre ellos y normalmente están precedidos por aceras-bici o carriles-bici. 




 

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